Presentación de la declaración complementaria del Impuesto sobre Sociedades tras la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2019
El Real Decreto-Ley 19/2020 introdujo importantes modificaciones acerca de los plazos de formulación y aprobación de Cuentas Anuales y clarificó cómo debía llevarse a cabo la presentación de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2019 en aquellos casos en que no se dispusiera de cuentas anuales aprobadas durante los 6 meses posteriores a la conclusión del ejercicio 2019.