Novedades laborales del Real Decreto-Ley 10/2020

El Real Decreto-ley 10/2020 regula un permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena, de carácter obligatorio y limitado a los días 30 de marzo a 9 de abril de 2020 (ambos incluidos) siempre que los mismos, presten sus servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales incluidas en su anexo, y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma.

 

En los casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este real decreto-ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso.

 

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