Bloqueo geográfico. El caso Valve y el nuevo reglamento de geobloqueo.

Bloqueo geográfico.  El caso Valve y el nuevo reglamento de geobloqueo.El 5 de abril de 2019 la Comisión europea acusó a Valve, propietaria de la conocida plataforma “Steam”, líder mundial en distribución de videojuegos, de impedir a los consumidores residentes en estados miembros de la UE comprar videojuegos en páginas web localizadas en otros Estados miembros. Además de acusar a Valve, la Comisión Europea acusó a otras cinco importantes empresas desarrolladoras de videojuegos más (Bandai Namco, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax). De confirmarse, dicha práctica sería constituyente de infracción, de conformidad con la nueva normativa sobre geo-blocking que recientemente ha entrado en vigor, si bien la Comisión Europea ha dado un plazo a Valve y al resto de desarrolladoras de videojuegos mencionadas para que presenten sus alegaciones.

 

Según el comunicado efectuado por la Comisión Europea, Valve y el resto de las empresas mencionadas estarían bloqueando a sus clientes por razones geográficas de la siguiente manera: con motivo del aumento de la piratería, Valve introdujo un sistema de claves de autenticación que son necesarias para que los consumidores puedan acceder a los videojuegos comprados online en la plataforma Steam y puedan jugar. Sin embargo, de acuerdo con la opinión preliminar de la Comisión europea y según su investigación, dichas empresas estarían utilizando el sistema de claves para impedir que clientes residentes en países ricos de la UE adquieran videojuegos de sitios web localizados en países de la UE más pobres y, por consiguiente, más baratos.

 

 

¿Qué es el bloqueo geográfico (o geo-blocking)?

 

El bloqueo geográfico es una práctica discriminatoria que impide a clientes acceder online a productos y servicios y adquirirlos desde un sitio web alojado en otro Estado miembro de manera injustificada. Como ejemplo de geobloqueo podemos citar las prácticas de algunas páginas web que impiden la compra de sus productos si detectan que la dirección IP del cliente proviene de un estado miembro de la UE distinto al que dicha página web está localizada, es decir, lo que presuntamente está ocurriendo ahora con Valve.

 

Con objeto de eliminar este obstáculo, el Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron el Reglamento (UE) 2018/302, de 28 de febrero de 2018 sobre medidas destinadas a impedir el bloqueo geográfico injustificado y otras formas de discriminación por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado interior, que entró en vigor el pasado 3 de diciembre de 2018.

 

El Reglamento prohíbe el bloqueo geográfico y otras restricciones con base geográfica que bloquean las compras y las ventas transfronterizas realizadas por internet. La prohibición del bloqueo geográfico constituye un paso adelante, aunque tímido, en aras de reforzar la estrategia para el mercado único digital europeo.

 

 

Las prohibiciones se aplican en los siguientes supuestos:

 

  1. Acceso a páginas web:

 

  • Los comerciantes no podrán bloquear o limitar el acceso de los clientes a sus páginas web, utilizando medidas tecnológicas o de otro tipo, por motivos relacionados con la nacionalidad, con el lugar de residencia o con el lugar de establecimiento del cliente.

 

  • Los comerciantes no podrán redirigir a dicho cliente a otra página web que sea diferente de la página web a la que el cliente hubiese tratado de acceder inicialmente, a no ser que medie consentimiento del cliente.

 

  1. Acceso a productos y servicios

 

Los comerciantes no aplicarán condiciones generales de acceso diferentes a sus productos o servicios por motivos relacionados con la nacionalidad o con el lugar de residencia o de establecimiento del cliente.

 

  1. Operaciones de pago

 

Se prohibirá la discriminación injustificada de clientes por lo que respecta a los métodos de pago. Así, los comerciantes no podrán aplicar a los clientes diferentes condiciones de pago por razones de nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento.

 

 

Ejemplo

 

Al hilo de lo anteriormente expuesto, una empresa no debe impedir a un cliente que reside, por ejemplo, en Dinamarca el acceso al sitio web que dicha empresa tiene operativo en República Checa, salvo que medie el consentimiento previo y explícito del cliente. En la práctica, esto afecta principalmente a productos digitales debido a que el Reglamento no impone a los comerciantes la obligación de enviar los productos físicos fuera de su país.

 

Por este motivo, un comerciante podrá vender un producto en el sitio web de República Checa a 100 Euros, si bien la versión del sitio web de Dinamarca podrá vender exactamente el mismo producto a 130 Euros. El consumidor danés debe poder adquirir el producto más económico en el sitio web de República Checa. No obstante, la tienda checa no está obligada a realizar envíos a Dinamarca. En este sentido, si nos encontramos ante un producto descargable online, como un videojuego, no hay problema, pero si se trata, por ejemplo, de un electrodoméstico de grandes dimensiones, parece que la intención del Reglamento queda difuminada ante la dificultad que podría suponer para un consumidor medio organizar el envío del producto desde el Estado miembro donde se fabrica o almacena hasta su país de origen.

 

 

Sanciones

 

Si bien el Reglamento no indica los importes de las sanciones porque se trata de un aspecto que corresponderá a cada Estado miembro, en el caso comentado al principio del presente artículo, la Comisión Europea ha amenazado a Valve con multas que podrían ascender hasta el 10% de su facturación anual global.

 

La nueva regulación sobre bloqueo geográfico afecta a todo tipo de comercio electrónico, por lo que le aconsejamos que revise sus condiciones de venta online y sus contratos con distribuidores para que resulten conformes a esta nueva normativa.

 

 

 

Autor: Hugo Ester, abogado de RSM Spain